ART
Todo empleador con personal en relación de dependencia.
Ley 24.557Hay seguros que la ley le exige a tu empresa y otros que dependen de lo que hace. Conocer unos y otros es el primer paso para ordenar sus riesgos.
Cuáles te corresponden depende de la actividad de tu empresa, de su convenio colectivo y de la jurisdicción. La lista es orientativa.
Todo empleador con personal en relación de dependencia.
Ley 24.557Todo empleador, por cada trabajador en relación de dependencia.
Decreto 1567/74Todo automotor, acoplado, semiacoplado y motocicleta que circule.
Ley 24.449, art. 68Empleadores cuyo convenio colectivo exige un seguro de vida o de sepelio adicional al de ley.
Convenio colectivo de cada actividadTransportistas que hacen viajes internacionales entre Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay.
Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre, anexo de segurosOperadores de transporte multimodal en el Mercosur.
Acuerdo de Transporte Multimodal Internacional, art. 30, y Resolución SSN 25.689/98Explotadores de aeronaves.
Código Aeronáutico, art. 192Propietarios y operadores de drones.
Reglamento de la Administración Nacional de Aviación CivilEn general, actividades con nivel de complejidad ambiental de 14,5 puntos o más. La autoridad puede exigirlo también por debajo.
Ley 25.675, art. 22Las coberturas más habituales en cada rubro.
ART, flota, transporte de mercaderías, responsabilidad por la carga, responsabilidad civil internacional, maquinaria pesada.
ART, vida y sepelio de convenio, garantías de contrato, todo riesgo construcción, responsabilidad de obra y linderos, maquinaria pesada.
ART, incendio, todo riesgo operativo, pérdida de beneficios, rotura de maquinaria, responsabilidad por productos, seguro ambiental obligatorio.
Contratistas rurales, maquinaria agrícola, granizo y adicionales, silobolsa, integral del establecimiento, transporte de granos y hacienda.
Transporte internacional, garantías aduaneras, crédito a la exportación, productos de exportación.
Responsabilidad por productos, retiro de productos, mercadería en frío, productos de exportación, incendio.
Responsabilidad profesional, riesgos cibernéticos, equipos electrónicos, directores y gerentes.
Responsabilidad profesional, riesgos cibernéticos, fraude de empleados, vida obligatorio.
Energías renovables, todo riesgo construcción, rotura de maquinaria, seguro ambiental obligatorio, responsabilidad civil comprensiva.
Responsabilidad civil del evento, cancelación y no presentación, instrumentos y equipos de sonido, accidentes personales.
Integral de comercio, incendio, garajes y ascensores, garantía de alquiler.
Responsabilidad civil comprensiva, directores y gerentes, accidentes personales, incendio.
Integral de comercio, responsabilidad civil comprensiva, ART, vida y sepelio de convenio, mercadería en frío.
La disponibilidad de cada cobertura depende de la actividad y de la aseguradora.
Una empresa puede tener todos sus seguros al día y aun así tener riesgos sin resolver. Trabajo con dueños y gerentes ordenando esos riesgos y definiendo cuáles atender primero.
Una vez cumplido el plazo mínimo: seis meses desde el inicio de la primera cobertura o doce meses desde el último cambio. Además no tenés que tener deuda con tu ART actual.
Sí. Nos juntamos por videollamada o paso a visitarte cuando te quede cómodo.
Escribime a qué se dedica tu empresa y cuántas personas trabajan. Charlamos 15 minutos, sin costo y sin compromiso.